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La Junta convoca las ayudas al alquiler por un importe de 5 M € para facilitar el acceso a la vivienda a las personas con menos ingresos

Tal y como se comprometió el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández, en la comparecencia para exponer el programa de Legislatura el pasado 3 de septiembre en las Cortes de Castilla y León, el Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado esta mañana la convocatoria, con carácter extraordinario, de ayudas al pago del alquiler de las unidades de convivencia –conjunto de personas que habitan una vivienda de forma habitual y permanente-  con especiales dificultades en el acceso a una vivienda en Castilla y León.

Estas subvenciones, que ascienden a cinco millones de euros de fondos propios de la Junta de Castilla y León, se convocan de forma independiente a las ayudas al alquiler que se realizan al amparo del Plan Estatal de Vivienda con fondos estatales y de la Comunidad Autónoma.

Con la convocatoria hoy publicada se verán beneficiadas todas aquellas unidades de convivencia que sus ingresos corregidos no superen una vez el IPREM (Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples, que para el año 2015 son 532’51 € al mes en 14 pagas en cómputo anual de 7.455,14 euros), debiéndose tener en cuenta el ámbito municipal y el número de miembros de la unidad familiar.

La cuantía de la subvención será el resultado de aplicar al total de la renta que conste en el contrato de arrendamiento correspondiente al periodo subvencionable, el porcentaje de 50 %, sin que pueda exceder de 2.850 euros anuales y se realizará un pago único mediante transferencia bancaria.

El periodo máximo subvencionable serán los doce meses de alquiler anteriores a la publicación de la convocatoria, lo que supone de octubre de 2014 a septiembre de 2015 incluidos. El plazo para solicitar la ayuda será del 3 al 30 de octubre de 2015, y antes de finalizar el año quedarán resueltas las solicitudes y la relación de beneficiarios.

Requisitos para acceder a las ayudas

El objetivo de estas ayudas extraordinarias al alquiler es facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de la población más vulnerables. Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas mayores de edad –incluidos extranjeros comunitarios, no comunitarios con residencia legal y refugiados-, que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya su residencia habitual y permanente. A su vez, además de cumplir que los ingresos no superen una vez el IPREM, existe una limitación en el precio del alquiler –hay cinco ámbitos, el máximo es  475 euros al mes en Burgos, Valladolid, Segovia y Salamanca, y 350 euros al mes en el medio rural-.

Están excluidos de esas ayudas los que sean propietarios de otra vivienda –excluyendo casos de separación, divorcio o indisponibilidad de vivienda.

Quedan exentos los arrendamientos de las viviendas de promoción directa, subarrendamientos, arrendamientos de habitaciones o parciales, arrendamientos de locales usados como vivienda y arrendamientos para usos distintos del de vivienda.

Preferencia para procedimientos judiciales

Tendrán preferencia quiénes, en el momento de presentar la solicitud, están incursos en un procedimiento judicial de resolución del contrato de arrendamiento por impago de rentas, acreditado de la forma prevista. La prioridad del resto de los solicitantes se determinará en función de los ingresos de la unidad de convivencia calculados conforme a lo previsto en el dispongo cuarto de la orden de convocatoria, ordenándose de menor a mayor.

Si existieran distintas solicitudes con iguales ingresos, tendrán preferencia las que incorporen en la unidad de convivencia un mayor número de miembros y de persistir el empate se determinará mediante sorteo.

Los ciudadanos podrán obtener información más detallada a sus circunstancias en el teléfono de la Junta de Castilla y León 012.

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