La Zona de Bajas Emisiones se limitará al centro histórico y se regirá por la normativa estatal
El presidente del Servicio de Movilidad y Transportes del Ayuntamiento de Burgos, José Antonio López, ha presentado este miércoles el borrador de la ordenanza que regirá la implantación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la ciudad.
El objetivo de esta ordenanza es la creación de una ZBE en el término municipal y establecer los criterios de circulación con el fin de reducir las emisiones a la atmósfera procedentes del tráfico rodado. Todo ello en cumplimiento a una directriz europea.
Se trata, según ha incidido el edil ‘popular’, de una norma “sencilla” que prevé el control de accesos mediante un sistema de cámaras de vídeo y un régimen sancionador basado en la normativa estatal.
López ha explicado asimismo que la ZBE se identificará y señalizará de forma clara y reconocible en los puntos de acceso a la misma, utilizando para ello la señalética aprobada a tal efecto por la Dirección General de Tráfico (DGT).
La Zona de Bajas Emisiones quedará delimitada por al norte por la calle Francisco Salinas, al este por la calle San Lesmes, al sur por la calle Miranda y al oeste por el paseo de los
Cubos. Todas las vías incluidas dentro de este perímetro quedarán supeditadas a los controles de acceso. A mayores, se suman las calles Francisco Salinas, Fernán González, Doña Jimena y San Esteban, así como la pasarela de la Evolución Humana, el puente de Santa María y el paseo de la Audiencia.
La circulación de vehículos por el interior de esta zona, así como el estacionamiento de los mismos en superficie, estará regulada en las calles situadas en el interior del perímetro del área de acuerdo con la clasificación de los vehículos por su potencial contaminante que establece el Reglamento General de Vehículos.
De este modo, tendrán acceso a la ZBE todos los coches con distintivo ambiental (categorías 0 Emisiones, ECO, C y B) y los que estén catalogados como históricos.
También podrán acceder a la ZBE bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), aquellos que estén domiciliados en calles pertenecientes a esta área en el Registro de Vehículos de la DGT, taxis y automóviles de arrendamiento con conductor y vehículos de uso compartido o multiusuario.
Asimismo, tendrán acceso los vehículos de los que dispongan las personas físicas o jurídicas empadronadas dentro de la ZBE, ya sean en propiedad, usufructo, ‘renting’ o ‘leasing’, los que pertenezcan a Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los que tengan matrículas extranjeras o diplomáticas (siempre que sus características se equiparen a los distintivos ambientales autorizados), vehículos de emergencias y cuyos titulares o arrendatarios dispongan de plazas de garaje dentro del área.
Por otro lado, se garantizará el acceso a los vehículos de transporte público colectivo, discrecional y regular de uso especial que den servicio a las líneas que circulan por las calles afectadas por la ZBE, aquellos con acreditación para prestar servicios en la vía pública (suministros de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones), vehículos municipales, automóviles de empresas o autónomos cuya actividad se ejerza dentro del perímetro establecido, vehículos de entrega de medicamentos, distribución de mercancía y recogida de residuos, así como los que accedan a aparcamientos públicos.
La previsión del equipo de Gobierno es llevar a aprobación inicial la ordenanza en el Pleno de abril para abrir a continuación un periodo de exposición pública y recogida de alegaciones.