Manso recurre y solicita la nulidad del proceso electoral de la UBU
Juan Manuel Manso Villalaín, candidato a Rector de la Universidad de Burgos, ha presentado ante el Registro General de la Universidad de Burgos un recurso administrativo a través del cual solicita la nulidad de todo el proceso electoral llevado a cabo para la elección de Rector de la UBU.
En su escrito, Manso ha reclamado la falta de entrega del censo de electores solicitada por su candidatura durante todo el proceso electoral lo que en su opinión “hace imposible las comprobaciones correspondientes”. Hecho que el Catedrático entiende que se ve agravado por la “aprobación de dos censos diferentes”, aspecto que “incumple el artículo 4.2 del Reglamento”. Según la institución universitaria, la falta de entrega del censo a los candidatos “se basa en la normativa sobre protección de datos”, pero “esto no ha sido impedimento para ceder los datos de toda la comunidad a una empresa externa”.
Manso ha recurrido también sobre los cambios normativos durante el proceso electoral, cambios que en su opinión “no debieron tenerse en cuenta, dado que la convocatoria de elecciones debe regirse por la normativa aplicable el día de la convocatoria de estas”. El Catedrático de la EPS ha explicado que los cambios fueron realizados por el Consejo de Gobierno (órgano que no forma parte de la organización electoral), que es presidido por uno de los candidatos (D. Manuel Pérez Mateos), siendo una parte sustancial de sus miembros nombrados de forma directa por su Presidente. “Esta situación altera de facto la igualdad de oportunidades porque uno de los candidatos es quien valora la oportunidad o no de establecer el voto telemático en función de sus intereses”, ha explicado Manso.
“Se ha introducido el voto telemático de forma contraria a la legalidad y por acuerdo no de la Junta Electoral, sino del Consejo de Gobierno”, ha expresado el recurrente, que ha añadido que “se ha introducido el voto telemático, sin haberse suspendido la docencia presencial, siendo este un requisito establecido en el acuerdo del 3 de noviembre”.
Otras de las irregularidades expresadas por Manso tienen que ver con la votación anticipada y con la votación presencial, la falta de transparencia en el proceso de votación, la falta de seguridad de la plataforma utilizada o la falta de respaldo a través de la cual el votante pueda certificar por sí mismo que el voto por el emitido lo ha sido a favor del candidato elegido.
Manso ha solicitado también a la UBU que facilite tanto a su candidatura como a la propia Junta Electoral el contrato firmado con la Universidad de Burgos con la empresa que ha implantado y gestionado dicho voto telematico, el Pliego de Condiciones, el coste del contrato y, caso de haberse requerido, los presupuestos alternativos presentados para concurrir a la prestación de este servicio y toda la documentación administrativa y contable para poder realizar la necesaria auditoría, así como los datos de la personas intervinientes entre las partes.
Auditoría
Manso entiende que es “totalmente necesario que la Junta Electoral realice la auditoría del proceso de votación” antes de la proclamación definitiva de ningún Rector electo, ya que, según ha recordado “no existen garantías sobre la realización del proceso al haberse permitido este sistema de votación sin haber comprobado previamente como auditarlo ya que pudieran haber sucedido situaciones análogas a las sufridas por Igea (Cs) en Castilla y León y dado que es la misma empresa que gestionó otras votaciones telemáticas que se han demostrado no transparentes”. Asimismo, Manso entiende “reseñable el profundo cambio de tendencia del voto telemático con respecto al voto presencial a favor de uno sólo de los candidatos”.
Mezcla de papeletas
Según figura en la documentación, que el recurrente adjunta a su documento, en un determinado momento del escrutinio se procedió a la mezcla de votos de dos mesas electorales absolutamente diferentes y separadas y cuyos sobres conteniendo las papeletas de votación habían llegado a la mesa electoral también separadas.
Para Manso, “la mezcla de dichas papeletas altera de tal modo el escrutinio que hace imposible determinar por mesa la participación obtenida, la abstención, voto emitido por mesa a candidaturas, voto en blanco y voto nulo tal y como se debe realizar en un proceso electoral, lo que supone una quiebra grave del proceso de votación celebrado”. Manso ha considerado que, una vez realizada dicha práctica, “dichas papeletas nunca debieron escrutarse y debería haberse considerado invalido el proceso de votación en dichas mesas electorales determinándose por tanto la repetición en otra fecha y forma del proceso de votación en dichas dos mesas electorales”.
Votos perdidos
En los primeros resultados electorales suministrados por el Secretario General se computaron un total de 9 votos nulos: 6 en PDI1, 2 en estudiantes y 1 PAS. Estos datos fueron modificados en los segundos resultados electorales suministrados posteriormente por 3 votos nulos: 2 en estudiantes y 1 PAS. “No consta ningún acta de la mesa electoral en el que se haga constar ninguna incidencia a este respecto ni quién aprueba el segundo recuento, ni quién lo firma, ni a qué hora y ni dónde”, ha aseverado. Manso ha anunciado que el propio acta de la sesión extraordinaria de la Junta Electoral de la Universidad anuncia que “este hecho se notificó a las 00:35 horas por correo electrónico a los Interventores Generales de las tres candidaturas y a los miembros de esta Junta Electoral y, a continuación, se puso en conocimiento del conjunto de la Comunidad Universitaria”. Entiende el candidato que de esta manera “queda acreditado que la confección de este segundo documento que altera votos y no es la mera corrección de datos, ha sido realizada por el propio Secretario General en Funciones y no por la Junta Electoral”, único órgano capacitado para ello.